Derechos de los consumidores en una mudanza
Son cientos las empresas de mudanzas que estarían encantadas de prestarnos sus servicios, de hecho las encontramos por todas partes, mediante internet, en carteles pegados en las calles, farolas, fachadas, en la guía de teléfono, en la salida de las tiendas de muebles… en fin, por doquier.
No obstante, y afortunadamente, la Ley está de nuestra parte, si, de parte del consumidor. Motivo éste por el cual regula una serie de obligaciones para este tipo de empresas de mudanzas y portes, y reconociéndonos a nosotros una serie de derechos que a continuación os detallamos.
1. Derecho a un presupuesto previo (que no debemos de rechazar).- Cualquier persona que esté interesado en realizar una mudanza tiene derecho a que la empresa de mudanza le entregue previamente un presupuesto por escrito en el que debería de aparecer reflejado como mínimo el nombre, domicilio y número de identificación fiscal de la empresa; nombre y domicilio del cliente; fecha y lugar de recepción y entrega de los objetos; existencia de objetos cuyo transporte esté sujeto a regulación especial; tipo de mercancía y número de objetos a cargar; indicación sobre la necesidad o no de utilizar embalajes especiales, de tener que realizar desmontajes, montajes, colocación de muebles, etc.; precio desglosado del servicio contratado (impuestos incluidos) y seguro.
Señalar que, las empresas de mudanzas, por Ley, pueden cobrar por la elaboración del presupuesto si, una vez hecho, el cliente rechaza el servicio. Motivo éste por el cual os recomendamos que os enteréis antes sobre el coste de la elaboración del presupuesto o si es gratuito. Juega a su favor en cuanto a confianza las empresas de mudanzas que envían a un representante para realizar una visualización del encargo.
2. Derecho a conocer el precio de los servicios a prestar.- Esto es, cualquier empresa de mudanzas tiene la obligación de exhibir al público, mediante carteles y de forma perfectamente visible, los precios de los servicios o las tarifas de referencia que previamente hayan sido establecidas por la Comunidad Autónoma correspondiente.
Ahora bien, el precio de las mudanzas va a depender de los siguientes aspectos:
- Metros cuadrados de la vivienda
- Cantidad, tamaño y embalaje de los objetos a trasladar
- Número de operarios necesarios
- Facilidad del acceso al inmueble de recogida y al de entrega
3. Derecho a un contrato por escrito.- Si una vez presentado el presupuesto aceptamos trabajar con esa empresa de mudanzas en cuestión, se debe formalizar un contrato por escrito en el que deben figurar, al menos, los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o denominación social, domicilio, identificación fiscal y número de teléfono de la empresa de mudanza
- Nombre, apellidos y domicilio del cliente
- Derechos y obligaciones de las partes
- Descripción del servicio solicitado
- Fecha y lugar de carga y descarga de los objetos
- Fijación de la cuantía de la responsabilidad asumida por la empresa
- Seguro contra daños y deterioro de los objetos
- Precio total, con desglose de descuentos o incrementos por servicios especiales, impuestos y modalidad de pago
- Forma mediante la cual el consumidor puede poner fin al contrato y cuantía de la indemnización
- Procedimiento de la resolución de litigios
- Firma de las partes
Formalizado en contrato, ya sea físicamente, por teléfono o internet, el consumidor tiene derecho a solicitar una copia por escrito.
Se concertará con el cliente, al menos 48 horas antes, la fecha de prestación del servicio, al igual que los horarios previstos de llegada al domicilio y entrega en la dirección de destino.
4. Contratos-tipo.– En el sector de mudanzas existen contratos-tipo homologados (aprobados) por la Administración, en los que se recogen los derechos y obligaciones de las partes y que podrán ser utilizados por todas las empresas que lo deseen.
Este tipo de contrato garantiza al consumidor que la empresa de mudanzas se responsabilizará de todos los desperfectos que puedan sufrir los objetos durante el desplazamiento, y de que se cumplan todas las garantías detalladas en él.
Las empresas de mudanzas que dispongan de contratos-tipo están obligadas a tenerlos expuestos al público y el consumidor tiene derecho a solicitar una copia de este formulario para informarse de las condiciones antes de contratar los servicios.
5. Derecho a recibir una factura.- Una vez realizada la mudanza, el transportista está obligado a entregar al cliente una factura o documento equivalente donde deberán constar los siguientes datos:
- Número de factura
- Nombre, domicilio y número de identificación fiscal de la empresa
- Nombre y domicilio del usuario
- Precio total con descripción de las operaciones realizadas y el IVA
- Fecha y firma del prestador del servicio y del cliente.
El pago del servicio se efectuará de la forma y por los medios que hayan acordado las partes (en metálico, transferencia, etc.).
6. Derecho a obtener una indemnización por daños y perjuicios.- La empresa de mudanzas es responsable de la pérdida, deterioro o retraso en la entrega de los objetos transportados. En estos casos, la compañía está obligada a indemnizar al cliente de la forma siguiente:
- Por pérdida o deterioro: salvo otro tipo de acuerdo, hasta el límite de 4,50 € por kilogramo
- Por retraso en la entrega de la mercancía: no podrá exceder, salvo otro tipo de acuerdo, del precio del transporte.
El usuario puede reclamar por los siguientes daños:
- Daños aparentes: son los que se perciben de manera externa en el momento de la entrega; es entonces cuando el consumidor debe reclamarlos. La reclamación puede realizarse en la copia del inventario que el cliente debe firmar al transportista.
- Daños no aparentes: concluida la mudanza, el cliente dispone de 24 horas para reclamar. La queja debe dirigirse por escrito a la empresa de mudanzas
7. Derecho a reclamar.- La empresa de mudanzas debe de tener hojas de reclamaciones a disposición del consumidor que la solicite.
Cuando se cumplimente una de estas hojas, el consumidor debe quedarse con 2 de los 3 ejemplares auto-copiativos de los que consta la hoja de reclamaciones; y la empresa puede reflejar su opinión en el impreso. Además la empresa tiene que firmar o sellar los ejemplares.
El consumidor tiene que presentar la hoja de reclamaciones, ante la oficina de consumo más próxima al domicilio. Allí se ofrecerá información sobre si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo o al Arbitraje de Transporte, y sobre el organismo competente para tramitar la reclamación, en caso de que se desee solicitar un arbitraje.